miércoles, 23 de diciembre de 2009

Amplían hasta diciembre de 2010 alquileres en quintas y solares de la Beneficencia




Lima, dic. 23 (ANDINA).-
La ministra de la Mujer y Desarrollo Social, Nidia Vílchez, anunció hoy que el Consejo de Ministros aprobó un Decreto de Urgencia por el cual se amplía hasta fin de diciembre del 2010 los alquileres de aquellos predios ubicados en quintas y solares administrados por las Sociedades de Beneficencia Pública del país.

“Hemos aprobado un Decreto de Urgencia que amplía hasta el 31 de diciembre del año 2010 los alquileres de aquellos predios que están en quintas y solares”, informó la titular del Mimdes luego de la sesión del Consejo de Ministros realizada en Palacio de Gobierno.

Indicó que la promulgación de dicho decreto tendrá como consecuencia que “este año y en base a la ley de destugurización aprobado por el Parlamento Nacional se pueda construir viviendas en estos predios.

“Ya lo hemos hecho desde el Mimdes con la Beneficencia Pública”, comentó Vilchez.

Descarga el Decreto Urgencia N° 122-2009 en pdf

Fuente: Andina

sábado, 19 de diciembre de 2009

Más de mil familias que viven en predios tugurizados se beneficiarán con programa “Ya soy propietario”




Más de mil familias que venían ocupando los predios de la Sociedad de Beneficencia Pública de Lima Metropolitana podrán ser dueños de sus inmuebles gracias al programa “Ya Soy Propietario”, lanzado hoy por la ministra de la Mujer y Desarrollo Social (Mimdes), Nidia Vílchez Yucra.

“En estos dos solares tenemos 70 familias, son cerca de tres generaciones, que han estado viviendo en estos predios. Ahora con el otorgamiento en propiedad de estos inmuebles podrán ellos construir sus viviendas propias, o mejorar las que tienen, pero en condición de propietarios”, anunció la titular del Mimdes en un solar ubicado en la cuadra 16 de Barrios Altos, en el Cercado de Lima.

Precisó que en esta primera etapa de entrega de predios serán beneficiados aquellos posesionarios de los inmuebles que se encuentren en total o parcial condición de irrecuperabilidad y tugurización.

“En total son mil 500 familias que viven en tugurización y que a partir de ahora ellos mismos como propietarios podrán hacer estas mejoras”, comentó Vílchez Yucra, quien además entregó a los beneficiarios los respectivos documentos de compromiso de transferencia de inmuebles.

Explicó que el precio para la adjudicación formal de bienes a cada familia será posible de acuerdo al estudio socioeconómico de sus ocupantes, el mismo que no excederá del cinco por ciento del valor comercial del inmueble.

“De esta manera, los primeros beneficiarios serán las familias que viven en casas de la Beneficencia Pública de Lima, ubicadas principalmente en el Centro de Lima y el Rímac, en su mayoría solares multifamiliares que requieren de una renovación de la infraestructura urbana.

Durante el evento estuvieron presentes, el director de la Beneficencia Pública de Lima, Dennis Zúñiga, así como la presidenta de la Asociación de Vivienda San Pedro, Pilar Zavala Martinez.

Asimismo, la presidenta de la Asociación de Vivienda Virgen del Carmen Quinto Patio, Marlene Montforte Navarro, quienes además presentaron algunas propuestas de remodelación y construcción a la ministra Nidia Vilchez.

Fuente: Andina

lunes, 7 de diciembre de 2009

Regulan transferencia de la propiedad de los predios de las Sociedades de Beneficencia Pública declarados como tugurios

El Poder Ejecutivo promulgó el Decreto Supremo N° 012-2009-MIMDES que regula la transferencia de la propiedad de los predios de las Sociedades de Beneficencia Pública declarados como tugurios en favor de sus ocupantes.

Para ello, la norma regula los procesos de transferencia de los predios que se encuentren total o parcialmente en condición de tugurios dispone lo siguiente:

- La declaración de la condición de tugurio será efectuada por la autoridad municipal, como requisito previo para el proceso de adjudicación del inmueble.

- Las propias Sociedades de Beneficencia Pública calificarán la condición socio económica de los poseedores de los predios a transferir.

- La transferencia de los predios se realizará bajo la modalidad de la transferencia de derechos y acciones a las asociaciones civiles que los poseedores conformen, este proceso será asistido por la propia SBP.

- El precio de venta del inmueble a ser adjudicado será establecido por la propia Sociedad de Beneficencia Pública, sobre la base del estudio socio económico, y no deberá exceder del 5% del valor comercial del inmueble.

Fuente: Cidap

Descarga el Decreto Supremo N° 012-2009-MIMDES en pdf