miércoles, 23 de diciembre de 2009

Amplían hasta diciembre de 2010 alquileres en quintas y solares de la Beneficencia




Lima, dic. 23 (ANDINA).-
La ministra de la Mujer y Desarrollo Social, Nidia Vílchez, anunció hoy que el Consejo de Ministros aprobó un Decreto de Urgencia por el cual se amplía hasta fin de diciembre del 2010 los alquileres de aquellos predios ubicados en quintas y solares administrados por las Sociedades de Beneficencia Pública del país.

“Hemos aprobado un Decreto de Urgencia que amplía hasta el 31 de diciembre del año 2010 los alquileres de aquellos predios que están en quintas y solares”, informó la titular del Mimdes luego de la sesión del Consejo de Ministros realizada en Palacio de Gobierno.

Indicó que la promulgación de dicho decreto tendrá como consecuencia que “este año y en base a la ley de destugurización aprobado por el Parlamento Nacional se pueda construir viviendas en estos predios.

“Ya lo hemos hecho desde el Mimdes con la Beneficencia Pública”, comentó Vilchez.

Descarga el Decreto Urgencia N° 122-2009 en pdf

Fuente: Andina

sábado, 19 de diciembre de 2009

Más de mil familias que viven en predios tugurizados se beneficiarán con programa “Ya soy propietario”




Más de mil familias que venían ocupando los predios de la Sociedad de Beneficencia Pública de Lima Metropolitana podrán ser dueños de sus inmuebles gracias al programa “Ya Soy Propietario”, lanzado hoy por la ministra de la Mujer y Desarrollo Social (Mimdes), Nidia Vílchez Yucra.

“En estos dos solares tenemos 70 familias, son cerca de tres generaciones, que han estado viviendo en estos predios. Ahora con el otorgamiento en propiedad de estos inmuebles podrán ellos construir sus viviendas propias, o mejorar las que tienen, pero en condición de propietarios”, anunció la titular del Mimdes en un solar ubicado en la cuadra 16 de Barrios Altos, en el Cercado de Lima.

Precisó que en esta primera etapa de entrega de predios serán beneficiados aquellos posesionarios de los inmuebles que se encuentren en total o parcial condición de irrecuperabilidad y tugurización.

“En total son mil 500 familias que viven en tugurización y que a partir de ahora ellos mismos como propietarios podrán hacer estas mejoras”, comentó Vílchez Yucra, quien además entregó a los beneficiarios los respectivos documentos de compromiso de transferencia de inmuebles.

Explicó que el precio para la adjudicación formal de bienes a cada familia será posible de acuerdo al estudio socioeconómico de sus ocupantes, el mismo que no excederá del cinco por ciento del valor comercial del inmueble.

“De esta manera, los primeros beneficiarios serán las familias que viven en casas de la Beneficencia Pública de Lima, ubicadas principalmente en el Centro de Lima y el Rímac, en su mayoría solares multifamiliares que requieren de una renovación de la infraestructura urbana.

Durante el evento estuvieron presentes, el director de la Beneficencia Pública de Lima, Dennis Zúñiga, así como la presidenta de la Asociación de Vivienda San Pedro, Pilar Zavala Martinez.

Asimismo, la presidenta de la Asociación de Vivienda Virgen del Carmen Quinto Patio, Marlene Montforte Navarro, quienes además presentaron algunas propuestas de remodelación y construcción a la ministra Nidia Vilchez.

Fuente: Andina

lunes, 7 de diciembre de 2009

Regulan transferencia de la propiedad de los predios de las Sociedades de Beneficencia Pública declarados como tugurios

El Poder Ejecutivo promulgó el Decreto Supremo N° 012-2009-MIMDES que regula la transferencia de la propiedad de los predios de las Sociedades de Beneficencia Pública declarados como tugurios en favor de sus ocupantes.

Para ello, la norma regula los procesos de transferencia de los predios que se encuentren total o parcialmente en condición de tugurios dispone lo siguiente:

- La declaración de la condición de tugurio será efectuada por la autoridad municipal, como requisito previo para el proceso de adjudicación del inmueble.

- Las propias Sociedades de Beneficencia Pública calificarán la condición socio económica de los poseedores de los predios a transferir.

- La transferencia de los predios se realizará bajo la modalidad de la transferencia de derechos y acciones a las asociaciones civiles que los poseedores conformen, este proceso será asistido por la propia SBP.

- El precio de venta del inmueble a ser adjudicado será establecido por la propia Sociedad de Beneficencia Pública, sobre la base del estudio socio económico, y no deberá exceder del 5% del valor comercial del inmueble.

Fuente: Cidap

Descarga el Decreto Supremo N° 012-2009-MIMDES en pdf

viernes, 20 de noviembre de 2009

Plenaria de Barrios Altos




ASOCIACIÓN DE VECINOS DEL DISTRITO DEL CERCADO DE LIMA - AVEDICEL


Creación de Nuestra Municipalidad del Distrito del Cercado de Lima
Barrios Altos y Sus Temas urgentes que Resolver


Domingo 29 de Nov. 2009

Lugar: Jirón Miroquesada 1391, Barrios Altos
Hora : 9.00 A. M.


Se está convocando a congresistas, regidores, ministerios de: Vivienda, Interior, Educación y SEDAPAL.


¡NUESTRA MUNICIPALIDAD AHORA!

jueves, 5 de noviembre de 2009

Convocatoria a vecinos y vecinas de quintas, corralones, callejones, solares y conventillos del Cercado de Lima, Rímac, La Victoria

Todos y todas quienes habitamos el Cercado de Lima, El Rímac y La Victoria tenemso una cita este domingo 8 de noviembre a las 3 p.m. en la Casa de las Columnas, ubicado en el Jr. Conde de Superunda Nº 316 - Cercado de Lima.

Demostremos que:

¡LOS VECINOS Y VECINAS NOS PONEMOS DE PIE Y NOS ORGANIZAMOS PARA DEFENDER NUESTROS DERECHOS!

La agenda a tratar será:

1. Concenso de las propuestas que los vecinos y vecinos alcanzaremos al Gobierno Central, para la formulación del Reglamento de la Ley de Saneamiento Físico Legal de predios tugurizados con fines de renovación urbana.
2. Las acciones que debemos desarrollar para lograr que se amplíe el plazo de protección a los inquilinos de viviendas de bajo costo, plazo que se vence este 31 de diciembre
Asistamos y:

¡JUNTOS HAGAMOS RESPETAR NUESTROS DERECHOS!

Porque:

¡LOS DERECHOS SE EXIGEN, NO SE MENDIGAN!

Lima, 05 de noviembre de 2009

Comité Promotor para la Renovación Urbana - CPRU
Puede contactarse con nosotros por e-mail: comiterenovacionurbana@gmail.com
o a los siguientes números: 999939555-96385293,999628016-997044131-985974012

miércoles, 28 de octubre de 2009

Descarga el afiche del Comité Promotor para la Renovación Urbana


También puedes descargarlo en formato pdf, haciendo click aquí

Memorial dirigido al Presidente del Congreso solicitando expida la ley que amplie hasta 31.12.2012 protección de inquilinos de viviendas tugurizadas

COMITÉ PROMOTOR PARA LA RENOVACION URBANA
Teléfonos: 427 -1832; 999939555-996385293; 999628016-997044131; 985974012

MEMORIAL: SOLICITAMOS LEY QUE AMPLIE HASTA EL 31 DE DICIEMBRE DEL 2012, EL PLAZOS DE PROTECCION A NUESTRA CONDICION DE INQUILINOS DE VIVIENDAS TUGURIZADAS.

Señor Doctor
LUIS ALVA CASTRO
Presidente del Congreso de la República

Los abajo firmantes, dirigentes del Comité Promotor para la Renovación Urbana, dirigentes y dirigentas de inmuebles tugurizados de Lima Cercado, la Victoria y el Rímac, nos dirigimos a usted para saludarlo y solicitarle a través del presente memorial:

Que, disponga la dación de una LEY, que proteja la condición de inquilinos de viviendas de bajo costo, ampliando esta protección hasta el 31 de diciembre del 2012

Fundamos nuestra solicitud en las siguientes razones:

El 11 de junio del 2007, con motivo del lanzamiento del Proyecto “MEJORANDO MI QUINTA”, en la cuadra 16 del Jr. Ancash en Barrios Altos, el Presidente de la República nos anuncio que el Gobierno promovería acciones de destugurización, otorgando a los inquilinos UN BONO DE DESTUGURIZACION y este bono aún no se ha concretado.

En Diciembre del 2007, en reunión sostenida entre el Presidente de la República, el Alcalde de Lima y el entonces Primer Ministro Jorge del Castillo, anunciaron el pronto inicio de un Programa Nacional de Destugurización y hasta la fecha este feliz anuncio no se ha concretado y muchas viejas casonas se siguen deteriorando y en algunos casos cayendo.

Al Promulgar el Decreto de Urgencia Nº 050-2007, ampliando el plazo de protección a nuestra condición de inquilinos de viviendas de bajo costo hasta el 31 de diciembre del 2008, El Poder Ejecutivo dispuso que el Ministerio de Vivienda realizará un censo para identificar el número real de inquilinos que nos encontramos amparados por los alcances del mencionado Decreto de Urgencia. Hasta la fecha no se ha realizado el mencionado censo.

Al Promulgar el Decreto de Urgencia Nº 051-2008, ampliando el plazo de protección a nuestra condición de inquilinos de viviendas de bajo costo hasta el 31 de diciembre del 2009, El Poder Ejecutivo dispuso que se constituiría una Comisión Técnica de Alto Nivel para resolver de manera definitiva el agudo problema del hacinamiento y tugurización en que vivimos y ahora que estamos culminando el 10º mes del año, no hay la Comisión y no existe un Plan Nacional de Destugurización o Renovación Urbana.

Estas razones nos hacen recurrir a su Despacho para solicitarle en nombre de los 2 millones de familias de inquilinos de predios tugurizados la dación de una LEY que proteja nuestra condición de inquilinos hasta el 31 de diciembre de 2012 y no nos deje a merced de posibles desalojos, arriba señalado.

En espera de una respuesta favorable, quedamos de usted,

Atentamente,

Lima 25 de octubre del 2009


IVAN DEL CASTILLO VELÁSQUEZ
Presidente CPRU

CPRU también estás conformado por los siguientes dirigentes:

• Ernesto Schultz Ávalos
• Isabel Moreno Rodríguez
• José Luis Villar Guerrero
• Flor Quiroz Tuesta
• Marta Herrera Vince
• Ruth Aliaga Tantaléan
• José Ponce Castillo

ADJUNTO: Anteproyecto de ley de ampliación

ANTEPROYECTO DE LEY

PRORROGA DE LOS CONTRATOS DE ALQUILER DE VIVIENDAS CUYO AUTOVALUO ES INFERIOR A S/. 2,880 NUEVOS SOLES

Exposición de Motivos
En el año 1977 se expidió el Decreto Ley No. 21938 en el cual se establece el Régimen de Alquiler para los Predios destinados a Casa-Habitación, estableciéndose que los contratos de alquiler no tienen fecha de vencimiento así como la regulación del monto de los alquileres.

Posteriormente con la dación del Decreto Legislativo No. 709 “Ley de Inversión Privada en Predios para Arrendamiento” en el año 1991, se estableció que a partir de la vigencia de esta ley, los contratos de arrendamiento de predios se regirán única y exclusivamente por el Código Civil a excepción entre otros, de los contratos de arrendamiento de predios urbanos que se encuentran bajo los alcances del Decreto ley No. 21938 siempre que el valor del autovalúo sea inferior a los D/. 2,880 Nuevos Soles al año 1991.

Esta excepción se ha mantenido vigente hasta el día de hoy debido a los siguientes dispositivos Legales:
Ley No. 26400 hasta el 8 de diciembre de 1996
Ley No. 26701 hasta el 8 de diciembre de 1997
Ley No. 26888 hasta el 8 de diciembre de 1999
Ley No. 27213 hasta el 8 de diciembre del 2001
Ley No. 27590 hasta el 8 de diciembre del 2002
Ley No. 27901 hasta el 31 de diciembre del 2003
Ley No. 28138 hasta el 31 de diciembre de 2006
Decreto de Urgencia No. 039-2006 hasta el 31 de diciembre de 2007
Decreto de Urgencia No. 050-2007 hasta el 31 de diciembre de 2008
Decreto de Urgencia No. 051-2008 hasta el 31 de diciembre de 2009

La finalidad de la dación del Decreto Legislativo No. 709, fue el de crear las condiciones necesarias para el desarrollo de la inversión privada en predios para arrendamiento, sin embargo, se tuvieron que dar las ampliaciones señaladas debido a que la situación económica de miles de familias que viven en estos predios tugurizados es precaria, no pudiendo el Estado a la fecha diseñar y ejecutar Programas de Vivienda destinados a dar solución a las familias que están bajo este régimen legal así como a las que viven en predios tugurizados, para que así estas familias puedas acceder a viviendas dignas sea como propietarios o como inquilinos, por lo que de no prorrogarse los alcances de la Ley del Inquilinato en los predios con las características señaladas miles de familias en el territorio nacional estarían en peligro de ser desalojadas, ocasionándose de esta manera un problema social de consecuencias graves para el desarrollo del país.

De igual modo, las promesas del Poder Ejecutivo para la creación del Plan Nacional de Destugurización, así como para la creación del Bono de Destugurización hasta el día de hoy no se han viabilizado. Esta situación no ha permitido que las familias que habitan en estos predios puedan mejorar su calidad de vida.

Efecto de la Vigencia de la Norma sobre a Legislación Nacional
La presente iniciativa busca modificar el inciso c) del artículo 14 de la Ley de Promoción a la Inversión Privada en Predios para Arrendamiento – Decreto Legislativo No. 709, con la finalidad de ampliar el plazo de vigencia de los contratos de arrendamiento de predios urbanos con fines de vivienda que se encuentran comprendidos dentro de lo establecido en la Ley 21938 hasta el 31 de diciembre del 2021.

Análisis Costo Beneficio
La presente iniciativa legal no genera egreso alguno al Estado, muy por el contrario, beneficiará a las familias de escasos recursos económicos que son arrendatarias que ocupan viviendas cuyo autovaluo es inferior a los S/. 2,880.00 nuevos soles.

TEXTO DEL PROYECTO DE LEY

La presente iniciativa de Ley tiene como objetivo el de prorrogar la vigencia del inciso c) del artículo 14º del Decreto Legislativo No 709 “Ley de Promoción a la Inversión Privada en Predios para Arrendamiento” hasta el 31 de diciembre del 2012.

LEY DE PRORROGA DE LOS CONTRATOS DE ALQUILER DE VIVIENDAS CUYO AUTOVALUO ES INFERIOR A S/. 2,880 NUEVOS SOLES

Artículo 1.- Objeto de la Ley
Sustitúyase el inciso c) del artículo 14 del Decreto Legislativo No. 709 “Ley de Promoción de la Inversión Privada en Predios para Arrendamiento”, el cual quedará redactado de la siguiente manera:
“ Artículo 14.- Los contratos de arrendamiento de predios urbanos destinados a fines de vivienda comprendidos dentro del régimen del Decreto Ley No. 21938, continuaran excepcional y temporalmente regidos por dicho Decreto Ley, según el valor del autovaluo del predio correspondiente al año 1991, en la forma siguiente:
...
c) Los de los inmuebles cuyo autovalúo sea inferior a S/. 2,880.00 (dos mil ochocientos ochenta Nuevos Soles), hasta el 31 de diciembre del 2012”.

Artículo 2.- Excepción
Lo dispuesto en el artículo 1 de la presente ley no es aplicable al arrendatario que sea propietario de casa-habitación.

Artículo 3.- Vigencia
La presente Ley entrara en vigencia al siguiente día de su publicación en el Diario Oficial el Peruano.

DISPOSICIONES FINALES Y COMPLEMENTARIAS

Artículo Primero.- Censo
El Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, realizará un censo con la finalidad de conocer el número de familias, habitantes, condiciones económicas y número de predios afectos a este dispositivo.

Artículo Segundo.- Comisión de Evaluación
Constitúyase una Comisión de Evaluación la que deberá de presentar al Consejo de Ministros en un plazo máximo de sesenta (60) días de entrada en vigencia de la presente ley una propuesta normativa que perita dar una solución definitiva al sector de la población afectada.

Descarga el archivo del memorial al Presidente del Congreso haciendo click aquí

Memorial dirigido al Presidente de la República solicitando se expida DU que amplie hasta 31.12.2012 protección de inquilinos de viviendas tugurizadas

COMITÉ PROMOTOR PARA LA RENOVACION URBANA
Teléfonos: 427 -1832, 999939555-996385293,999628016-997044131-985974012

MEMORIAL: SOLICITAMOS SE EXPIDA DECRETO DE URGENCIA QUE SE AMPLIE HASTA EL 31 DE DICIEMBRE DEL 2012, EL PLAZOS DE PROTECCION A NUESTRA CONDICION DE INQUILINOS DE VIVIENDAS TUGURIZADAS.

Señor Doctor
ALAN GARCIA PEREZ
Presidente de la República

Los abajo firmantes, dirigentes del Comité Promotor para la Renovación Urbana, dirigentes y dirigentas de inmuebles tugurizados de Lima Cercado, la Victoria y el Rímac, nos dirigimos a usted para saludarlo y solicitarle a través del presente memorial:

Que, disponga la dación de un nuevo Decreto de Urgencia, que proteja la condición de inquilinos de viviendas de bajo costo, ampliando esta protección hasta el 31 de diciembre del 2012

Fundamos nuestra solicitud en las siguientes razones:

El 11 de junio del 2007, con motivo del lanzamiento del Proyecto “MEJORANDO MI QUINTA”, en la cuadra 16 del Jr. Ancash en Barrios Altos, usted nos anuncio que el Gobierno promovería acciones de destugurización, otorgando a los inquilinos UN BONO DE DESTUGURIZACION y este bono aún no se ha concretado.

En Diciembre del 2007, usted se reunió con el Alcalde de Lima Metropolitana y el entonces Primer Ministro Jorge del Castillo y anunciaron el pronto inicio de un Programa Nacional de Destugurización y hasta la fecha este feliz anuncio no se ha concretado y muchas viejas casonas se siguen deteriorando y en algunos casos cayendo.

Al Promulgar el Decreto de Urgencia Nº 050-2007, ampliando el plazo de protección a nuestra condición de inquilinos de viviendas de bajo costo hasta el 31 de diciembre del 2008 , se dispuso que el Ministerio de Vivienda realizará un censo para identificar el número real de inquilinos que nos encontramos amparados por los alcances del mencionado Decreto de Urgencia. Hasta la fecha no se ha realizado el mencionado censo.

Al Promulgar el Decreto de Urgencia Nº 051-2008, ampliando el plazo de protección a nuestra condición de inquilinos de viviendas de bajo costo hasta el 31 de diciembre del 2009, se dispuso que se constituiría una Comisión Técnica de Alto Nivel para resolver de manera definitiva el agudo problema del hacinamiento y tugurización en que vivimos y ahora que estamos culminando el 10 mes del año, no hay la Comisión y no existe un Plan Nacional de Destugurización o Renovación Urbana.

Estas razones nos hacen recurrir a su Despacho para solicitarle en nombre de las 2 millones de familias de inquilinos de predios tugurizados la dación del Decreto de Urgencia, que proteja nuestra condición de inquilinos y no nos deje a merced de posibles desalojos.

En espera de una respuesta favorable, quedamos de usted,

Atentamente,

Lima 25 de octubre del 2009

IVAN DEL CASTILLO VELÁSQUEZ
Presidente CPRU

CPRU también estás conformado por los siguientes dirigentes:
• Ernesto Schultz Ávalos
• Isabel Moreno Rodríguez
• José Luis Villar Guerrero
• Flor Quiroz Tuesta
• Marta Herrera Vince
• Ruth Aliaga Tantaléan
• José Ponce Castillo

ADJUNTO:

Proyecto de Decreto de Urgencia

PRORROGAN VIGENCIA DEL ART. 1º DEL DECRETO DE URGENCIA No. 051-2008 REFERENTE AL REGIMEN DE EXCEPCION DE CONTRATOS DE ALQUILER DE VIVIENDAS

DECRETO DE URGENCIA No. ______

CONSIDERANDO:

Que, el día 31 de diciembre de 2009 vence el plazo de protección a la prorroga del régimen de excepción de los contratos de alquiler de predios tugurizadas destinados a vivienda cuyo valor del autovaluo al año 1991 sea inferior a los S/. 2,880.00 nuevos soles, dispuesto el Decreto de Urgencia No. 050-2007 y 051-2008.

Que, en este contexto es necesario adoptar urgentemente las acciones necesarias a fin de proteger a las familias de escasos recursos económicos que habitan en inmuebles protegidos por la Ley a fin de evitar que sen desalojados y se genere un problema social.

Que, este tipo de inmuebles son habitados por un sector de la población afectado por condiciones de pobreza extrema, que en caso no existiese un marco legal protector que impida potenciales desalojos o incrementos desproporcionados en la merced conductiva, conllevaría a que el segmento poblacional antes mencionado deterioraría aún mas sus condiciones de vida.

Que, la situación descrita afectaría el entorno de estabilidad macroeconómica en la economía peruana.

De conformidad con el inciso 19) del artículo 118º de la Constitución Política del Perú; con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros; y con cargo a dar cuenta al Congreso de la República.

DECRETA:

Artículo 1º.- Prórroga de vigencia
Prorróguese la vigencia del Artículo 1º del Decreto de Urgencia No. 051-2008 hasta el 31 de diciembre de 2012.

Artículo 2º.- Excepción
Lo dispuesto en el Artículo º1 del presente Decreto de Urgencia no es aplicable al arrendatario que sea propietario de casa-habitación.

Artículo 3º.- Censo
El Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, realizará un censo con la finalidad de conocer el número de familias, habitantes, condiciones económicas y número de predios afectos a este dispositivo.

Artículo 4º.- Comisión de Evaluación
Constitúyase una Comisión de Evaluación la que deberá de presentar al Consejo de Ministros en un plazo máximo de sesenta (60) días de entrada en vigencia de la presente ley una propuesta normativa que perita dar una solución definitiva al sector de la población afectada.

Descarga el archivo del memorial al Presidente de la República haciendo click aquí

Texto de la Ley No. 29415 "Ley de Saneamiento Fisico Legal de Predios Tugurizados con fines de Renovación Urbana, publicada en el Diario Oficial el Pe

Descargar el Texto de la Ley No. 29415 "Ley de Saneamiento Fisico Legal de Predios Tugurizados con fines de Renovación Urbana, publicada en el Diario Oficial el Peruano el 2 de octubre de 2009, haciendo click aquí

viernes, 23 de octubre de 2009

Convocatoria a vecinos y vecinas de quintas, corralones, callejones, solares y conventillos del Cercado de Lima, Rímac, La Victoria

Reunámonos todos este domingo 25 de octubre a las 9 a.m.

En el Auditorio de la Parroquia Nuestra Señora de Cocharcas, ubicado en el Jr. Huánuco Nº 970 - Barrios Altos.

Demostremos que:

¡LOS VECINOS Y VECINAS NOS PONEMOS DE PIE Y NOS ORGANIZAMOS PARA DEFENDER NUESTROS DERECHOS!

Concurramos a tratar la siguiente agenda:

1. El impulso y la ampliación de las acciones de intervención del Proyecto “Mejorando Mi Quinta”.
2. Las acciones de apoyo para que la Beneficencia haga realidad el Proyecto “Benevivienda” vendiendo sus inmuebles a sus ocupantes
3. Las acciones que debemos desarrollar para lograr que se amplíe el plazo de protección a los inquilinos de viviendas de bajo costo, plazo que se vence este 31 de diciembre
4. Las propuestas que los vecinos y vecinos alcanzaremos al Gobierno Central, para la formulación del Reglamento de la Ley de Saneamiento Físico Legal de predios tugurizados con fines de renovación urbana.
5. La Importancia que tiene el estar organizados para defender y conquistar nuestros derechos

Asistamos y:

¡JUNTOS HAGAMOS RESPETAR NUESTROS DERECHOS!

Porque:

¡LOS DERECHOS SE EXIGEN, NO SE MENDIGAN!

jueves, 1 de octubre de 2009

Aprueban ley de saneamiento físico legal de predios tugurizados

El Poder Ejecutivo oficializó este viernes la Ley que declara de necesidad pública el saneamiento físico legal de predios tugurizados con el propósito de impulsar la renovación urbana en el ámbito nacional.

Para ello, la norma regula los procesos de saneamiento físico y legal de dichos predios, sean de propiedad privada o estatal y tanto de personas naturales como jurídicas.

Entre sus fines, la ley busca que al dar mantenimiento, mejorar y modernizar las viviendas, los habitantes de viviendas tugurizadas superen las condiciones de vida que llevan y que la regularización física y legal permita que los predios tengan dueños plenamente identificados.

Además, la norma permitirá restaurar y poner en valor el patrimonio monumental urbano o zonas monumentales a través de programas de renovación urbana.

Precisa que en el proceso de saneamiento físico y legal participará el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales, los gobiernos regionales, las municipalidades provinciales y distritales, el Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social, así como el Instituto Nacional de Cultura (INC).

También el Instituto Nacional de Defensa Civil (Indeci), el Organismo de Formalización de la Propiedad Informal (Cofopri) y la Superintendencia Nacional de Registros Públicos (Sunarp).

La norma contempla la figura de declaración administrativa de abandono de las propiedades, bajo condiciones específicas, así como la compensación que se deberá otorgar a los propietarios de la misma.

La ley también regula los Programas de Renovación Urbana de Predios Tugurizados. Indica que deben ser aprobados por los municipios provinciales y las autoriza a imponer sanciones, como multas y clausuras contra los propietarios que no realicen proyectos inmobiliarios sobre sus predios declarados tugurizados.

Descarga la ley publicado hoy el diario El Peruano (pág. 8 - 19)

Fuente: RPP Noticias

miércoles, 23 de septiembre de 2009

El jueves 17 de setiembre el Pleno del Congreso de la República, allanándose a las observaciones realizadas por el Poder Ejecutivo, aprobó por mayoría la Ley de Saneamiento Físico Legal de predios tugurizados con fines de Renovación Urbana con la finalidad que los habitantes de viviendas tugurizadas superen sus condiciones de vida mediante la mejora de las viviendas existentes, la regularización de la propiedad y la restauración y puesta en valor del patrimonio monumental de la Nación.

CIDAP y las organizaciones de habitantes de tugurios de Lima, Cusco y Trujillo, Arequipa reconocemos que la aprobación de esta ley es el primer paso para que habitantes los miles de inmuebles tugurizados del país encaminen sus esfuerzos para desarrollar procesos de renovación urbana.

Desde nuestra experiencia, apostamos por la Renovación Urbana participativa que garantizará a las familias de predios tugurizados acceder a viviendas dignas y adecuadas en ciudades inclusivas; por ello a lo largo de más de diez años hemos demandado ante el Poder Legislativo y Poder Ejecutivo la dación de una Ley General de Renovación Urbana.

En bien de seguir contribuyendo a este proceso y en efecto que lo aprobado sea en beneficio de los poseedores de los predios tugurizados recomendamos que la formulación del reglamento de la ley aprobada tome en cuenta las siguientes consideraciones:

• Garantizar el Derecho de Residencia que tienen los actuales poseedores de predios tugurizados, a fin que estos puedan permanecer en los inmuebles intervenidos y garantizar centros vivos y no ciudades sin habitantes.
• La compensación a pagarse al propietario del predio tugurizado en la declaración de abandono será única y exclusivamente cuando sea un abandono en el cual haya comunicación con el propietario.
• La facultad de los poseedores de oponerse al monto de la consignación en la declaración de abandono.
• La prescripción adquisitiva de dominio deberá ser en forma asociativa.
• La expropiación no deberá de aplicarse en el caso de los propietarios poseedores.
• Establecer los mecanismos para que las municipalidades provinciales aprueben los proyectos inmobiliarios en zonas donde no hay programas de renovación urbana aprobados.
• Las entidades del Estado garanticen la asistencia técnica a los propietarios poseedores, para la elaboración de los proyectos de intervención.

CON EL RUEGO DE SU DIFUSIÓN

Lima, 23 de setiembre de 2009

CENTRO DE INVESTIGACION, DOCUMENTACION Y ASESORIA POBLACIONAL – CIDAP
Jr. Húsares de Junín 654 – Jesús María, Perú. Telefax: 461-5566 comunicaciones@cidap.org.pe o kathy@cidap.org.pe / www.cidap.org.pe/ www.twitter.com/cidapperu

lunes, 17 de agosto de 2009

Cpru fortalece su accionar


Fortalecer el Comité Promotor para la Renovación Urbana - Cpru como instancia gremial que se consolide como la representación de los inquilinos y ocupantes de inmuebles tugurizados que luchan por viviendas dignas, fue el principal compromiso asumido por los cerca de treinta líderes sociales que asistimos al conversatorio público organizado por Cpru y Cidap, el domingo 16 de agosto en los ambientes de la Casa Carrillo Maúrtua.

En una extensa pero productiva jornada, identificamos amenazas y oportunidades para eliminar y aprovechar en nuestro camino por lograr viviendas dignas y adecuadas para todos y todas los habitantes de los distritos de la Lima antigua (Cercado de Lima, El Rímac y La Victoria).
Algunos de las amenazas identificadas fueron: La culminación del plazo de protección que establece el D.U Nº 051-2008; el recorte de programas habitacionales (Techo Propio); perdida del título de patrimonio histórico y cultural de la humanidad dado por UNESCO; la escasa capacidad concertadora de la Municipalidad de Lima; los fenómenos naturales y la antigüedad de las redes de agua y desagüe que incrementan el riesgo de colapso de las viviendas en las que vivimos.
Mientras que las oportunidades que más nos favorecen son: El lanzamiento del Programa BENEVIVIENDA; la continuación del Programa Mejorando “Mi Quinta”; los próximos procesos electorales municipales, regionales (2010), presidenciales y parlamentarias (2011) y la oferta presidencial para promover el Plan Nacional de Destugurización.
Así también, los asistentes nos comprometimos pública y colectivamente a:
• Ser parte activa de las redes sociales que demandan políticas y programas de vivienda a nivel de Lima, Nacional e internacional.

• Actuar con iniciativa frente a iniciativas públicas del Gobierno Central o el Gobierno Metropolitano.

• Prepararnos para exigir nuestros derechos movilizando nuestras organizaciones.

• Incorporar a otros sectores en las acciones orientadas a lograr nuestros propósitos de renovación urbana y viviendas dignas.Por su parte, cada participante hizo un compromiso personal para luchar y trabajar para hacer del derecho a la vivienda digna, un derecho reconocido.
Finalmente elegimos al nuevo comité transitorio del Cpru, que está conformado por:
• Ernesto Schultz Ávalos

• Isabel Moreno Rodríguez

• Iván Del Castillo

• José Luis Villar Guerrero

• Flor Quiroz Tuesta

• Marta Herrera Vince

• Ruth Aliaga Tantaléan

• José Ponce Castillo


viernes, 14 de agosto de 2009

Dirigentes de inmuebles del Cercado de Lima, El Rímac y La Victoria nos reuniremos en conversatorio público sobre renovación urbana

Dirigentes y dirigentas de organizaciones vecinales de quintas, corralones, callejones, conventillos y solares de los distritos de la Lima antigua (Cercado de Lima, El Rímac y La Victoria) nos daremos cita este domingo 16 de agosto, de 9 de la mañana a 6 de la tarde en la Casa Carrillo Maúrtua (Jr. Junín 1049, Barrios Altos) para organizarnos y proponer alternativas ante la falta de políticas publicas en el tema de la renovación urbana.

El conversatorio tiene como objetivo promover el compromiso colectivo de todos los asistentes para hacer del Comité Promotor para la Renovación Urbana una organización que este en condiciones de poner en la agenda del Gobierno Central, el Congreso de la República, la Municipalidad Metropolitana de Lima, la opinión pública la problemática de la renovación urbana del casco histórico de la ciudad.

Así también, analizaremos y asumiremos una posición sobre las actuales propuestas de parte del gobierno central para nuestra zona:

• Programa Benevivienda: La Sociedad de Beneficencia Pública de Lima vendería propiedades a sus actuales ocupantes.
• Proyecto Mejorando Mi Quinta: Programa del Ministerio de Vivienda que realiza obras de renovación de redes de agua y desagüe, cambio de piso, colocación de castillos de seguridad y otros.
• Ley de Renovación Urbana: Anunciada hace más de una año por el gobierno central y que debería contemplar el saneamiento físico y legal de los inmuebles, un fondo para la renovación urbana, políticas de subsidio y programas habitacionales acordes a la monumentalidad y nuestra economía.

El conversatorio es convocado por el Comité Promotor para la Renovación Urbana – CPRU y el Centro de Investigación, Documentación y Asesoría Poblacional – Cidap.

Fecha: domingo 16 de agosto
Horario: 9 a.m. 5 p.m.
Lugar: Casa Carrillo Maúrtua, Jr. Junín 1049 – Barrios Altos.

Ingreso libre

CON EL RUEGO DE SU DIFUSION

Lima, 14 de agosto de 2009

Comité Promotor para la Renovación Urbana – CPRU
Teléfonos: 996785535 997044131 999230264 997734044 / E-mail: comiterenovacionurbana@gmail.com / Dirección: Jr. Conde de Superunda Nº 316 Dpto. 114, Cercado.

sábado, 20 de junio de 2009

Beneficencia Pública de Lima anuncia programa Benevivienda

Inquilinos que por más de 20 años habitan en solares del Cercado de Lima de la Beneficencia Pública de Lima se convertirían en propietarios gracias al programa “Benevivienda”.

La Sociedad de Beneficencia Pública de Lima lanzaría en breve el programa, tras culminar con la elaboración del primer listado de inmuebles que serán beneficiados. I

ntegrantes del Comité Promotor para la Renovación Urbana, así como dirigentes y vecinos de solares y quintas del Cercado de Lima han sostenido reuniones con directivos de la Sociedad de Beneficencia Pública de Lima para conocer detalles del programo y sus implicancias.

Porsu parte los profesionales de Cidap fueron convocados por entidad para brindar asesoría y acompañamiento al programa, debido a su experiencia de trabajo en la zona y como referente en el tema de renovación urbana.